mutua gallega

  |
Inicio

 

 

 

 

 

 
 
 
 
 
 
 


 


 
SISTEMA DE INCENTIVOS "BONUS" CAMPAÑA 2010

¿Cuál es el periodo de observación en la campaña Bonus 2010?

En la campaña “Bonus 2010”, el periodo de observación será de un año, el 2010, para las empresas que hayan superado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 5.000 € durante el ejercicio 2010, y, de dos años, el 2009 y 2010, para las empresas que hayan superado ese volumen de cotización, sumando los dos ejercicios.

Para las empresas que una vez alcanzado el volumen mínimo de cotización no soliciten el incentivo en el ejercicio correspondiente, comenzará a computarse un nuevo periodo de observación.

Requisitos necesarios para solicitar el incentivo

Pueden solicitar el incentivo todas las empresas² que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales y que reúnan, específicamente, los siguientes requisitos:

  • Haber realizado inversiones en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos, durante el periodo de observación.
  • Haber cotizado a la Seguridad Social durante el periodo de observación con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 €.
  • No rebasar en el periodo de observación los límites de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema correspondientes a la campaña Bonus 2010, publicados en la Orden TIN/41/2011 de 18 de enero. Del cómputo de la siniestralidad laboral, se excluirán los accidentes in itinere.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones en materia de cotizaciones a la Seguridad Social .
  • No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social.
  • Acreditar tanto el cumplimiento de los requisitos básicos en materia de prevención de riesgos laborales -mediante la autodeclaración sobre actividades preventivas y sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales , que deberá estar conformada por los delegados de prevención-, como el desarrollo o la realización, durante el periodo de observación, de al menos dos de las siguientes acciones :
    • a) Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (aunque no esté legalmente obligada) o ampliación de los existentes .
    • b) Realización de auditorías externas del sistema preventivo de la empresa, cuando ésta no esté legalmente obligada a ello.
    • c) Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itinere.
    • d) Acreditación de la disminución del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional.
    • e) Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales, expedido por una entidad u organismo debidamente acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

² Se considera como empresa el conjunto de todos los códigos de cuenta cotización que correspondan al mismo NIF y tengan el mismo código de actividad (CNAE) a efectos de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

¿Cuál es la cuantía del incentivo en la campaña Bonus 2010?

Para las empresas que soliciten el incentivo este año por primera vez, la cuantía del mismo podrá alcanzar hasta el 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales correspondientes al período de observación.

En próximas campañas, y si cumple los índices de siniestralidad, la cuantía del incentivo puede llegar hasta el 10% del importe de las cuotas por contingencias profesionales , si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo.

Para empresas que solicitaran el incentivo el pasado año y reciban resolución favorable, este año la cuantía del incentivo puede alcanzar hasta el 10% del importe de las cuotas por contingencias profesionales .

En cualquier caso, la cuantía tiene como límite el importe de las inversiones efectuadas por la empresa en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales.

¿Dónde y cuándo se solicita el incentivo?

Las empresas asociadas a Mutua Gallega que cumplan todos los requisitos y deseen optar al incentivo deberán presentar, desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo del 2011, en cualquier centro de Mutua Gallega la siguiente documentación:

Ampliación de plazo

En virtud de la Orden TIN/1512/2011, de 6 de junio, se prorrogan para el ejercicio 2010, hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2011, respectivamente, las fechas de finalización de los plazos de presentación de las solicitudes de las empresas a las entidades gestoras o mutuas y de remisión por estas a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social de los informes-propuesta a los que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. 

Para más información sobre el sistema de incentivos a empresas, puede ponerse en contacto con Mutua Gallega en:

 En la dirección de correo electrónico: bonus@mutuagallega.es

 O en el Teléfono 981 665 111 – Extensión 312

También puede consultar:

Descarga de Adobe Reader

Usuarios registrados
Contacta con nosotros
Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados
mutua gallega 2010. Todos los derechos reservados.